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diciembre 20, 2018

Transferencias

Cuando se realiza un acto de compra-venta entre particulares, entre particulares y empresas o entre empresas, hay que realizar la tramitación administrativa ante la jefatura de Tráfico, en la que queda constancia registral de que ese vehículo cambia de titular.

Este trámite se puede realizar, presencialmente en la Gestoría o, en el caso de los profesionales del automóvil, un empleado nuestro podrá acudir al lugar donde se encuentren para gestionarlo al momento con nuestro servicio a domicilio.

El cliente deberá aportar:

– Documentación del vehículo

  • Permiso de circulación y ficha técnica original del vehículo que se quiera transferir
  • Debe estar pagado el último ejercicio fiscal del Impuesto de Circulación del Vehículo.

– Documentación de los interesados

En caso de particulares

  • DNI en vigor tanto de comprador y vendedor
  • Contrato de compraventa
  • Notificación de cambio de titularidad
  • Mandatos de ambos

En el caso de que intervenga empresa

  • CIF de la empresa
  • Escritura de poder
  • DNI de la persona que firma (del apoderado)
  • Factura de venta (en el caso de que la empresa venda)

En el caso de que haya algún menor de edad

  • DNI tanto del menor como de su tutor legal
  • Fotocopia del libro de familia donde conste que el menor es hijo del tutor
  • Firma del padre o tutor

Este trámite se realiza al momento y al finalizar el gestor expedirá un Permiso Temporal de Circulación para que el cliente pueda circular desde ese mismo momento hasta que reciba su Permiso Original en su Gestoría o mediante carta certificada, a su domicilio, a elección del cliente.

El precio de la transferencia dependerá de tres factores

  • Antigüedad del vehículo
  • Cilindrada del vehículo
  • Residencia habitual del comprador

El precio incluirá las tasas de Tráfico, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), los honorarios de la Gestoría y su correspondiente IVA.